Si no trabajas para ganarte el pan y construir tu vida, a buen seguro que vives a costa de alguien.
Pero si trabajas tanto que no te queda tiempo para ocuparte de tu hogar... a buen seguro vives a costa de alguien.
Si nunca ves una buena película ni lees un buen libro, algo va mal.
Y si nunca mueves el culo ni sudas un poco, algo te falta.
Si no tomas cervezas con tus amigos (y demás seres queridos), algo no funciona.
Pero si nunca te quedas a solas contigo mismo, si nunca te hablas con sinceridad y franqueza, no te enteras.
Respeta el trabajo, todos los trabajos. Entrena tu mente, entrena tu cuerpo. Cuida a los demás, escúchate a ti mismo. Y si alguna de estas cosas te falta en la vida, no esperes más a cambiarla.
jueves, 22 de julio de 2010
viernes, 16 de julio de 2010
EL REY PUEDE MATAR
Puede que alguno ya lo sepa, pero el título de este post no se inscribe en una campaña de difamación contra la monarquía, ni pretende insinuar relación alguna entre la Corona y la guerra de Iraq (por ejemplo)... "El Rey puede matar" es la constatación objetiva de un hecho jurídico: la inmunidad penal de la persona del Rey.
Para mi ha sido todo un descubrimiento enterarme, hace unos días, de una cosa en Derecho que se llama exención jurisdiccional que exime total (exención absoluta) o parcialmente (exención relativa) del cumplimiento de la ley penal a su titular.
Las exenciones relativas abarcan un amplio abanico de figuras: prácticamente todos los políticos, agentes policiales infiltrados, personal de misiones diplomáticas, etc. etc. están protegidos por algún tipo de privilegios en el acto de detención, en la competencia del Tribunal que los hubiera de juzgar, o directamente por su exclusión de algún tipo de delitos.
Las exenciones absolutas suponen la total imposibilidad de juzgar a una persona por nada que haya hecho o dejado de hacer. Es una figura que se extiende principalmente al ámbito del Derecho Internacional Público y protege a Embajadores, Diplomáticos acreditados, cabezas de Estado de visita en el extranjero y algunas figuras destacadas más de las relaciones internacionales. En el Derecho interno sólo existe una exención absoluta: la del Rey.
El artículo 56.3 de la Constitución Española establece que:
Como señala Enrique Gimbernat Ordeig, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense y miembro del Consejo Editorial de El Mundo (diario muy poco sospechoso de radicalismo republicano) en su artículo Los privilegios penales de la Familia Real, "esta inviolabilidad del Jefe del Estado español apenas tiene paralelo en el Derecho comparado actual". Y no olvidemos, a todo esto, que se otorga a la persona que, también por mandato constitucional (art. 62.h), ejerce el mando supremo de las Fuerzas Armadas...
Ilustremos brevemente lo que la inmunidad penal del Rey implica. Por poner tan sólo unos ejemplos, el Monarca puede impunemente:
Pero no estoy diciendo que lo vaya a hacer, ¡eh! Sólo digo que ahora me alegro, mucho más que nunca, de tener un Rey tan campechano. Porque imaginemos por un momento las consencuencias que tendría semejante poder en manos de... ¡ya no digo un psicópata! simplemente una persona algo irritable o que tuviese mal despertar por las mañanas... Creo que sería francamente terrible. Aún no sabemos toda la suerte que hemos tenido con D. Juan Carlos.
Para mi ha sido todo un descubrimiento enterarme, hace unos días, de una cosa en Derecho que se llama exención jurisdiccional que exime total (exención absoluta) o parcialmente (exención relativa) del cumplimiento de la ley penal a su titular.
Las exenciones relativas abarcan un amplio abanico de figuras: prácticamente todos los políticos, agentes policiales infiltrados, personal de misiones diplomáticas, etc. etc. están protegidos por algún tipo de privilegios en el acto de detención, en la competencia del Tribunal que los hubiera de juzgar, o directamente por su exclusión de algún tipo de delitos.
Las exenciones absolutas suponen la total imposibilidad de juzgar a una persona por nada que haya hecho o dejado de hacer. Es una figura que se extiende principalmente al ámbito del Derecho Internacional Público y protege a Embajadores, Diplomáticos acreditados, cabezas de Estado de visita en el extranjero y algunas figuras destacadas más de las relaciones internacionales. En el Derecho interno sólo existe una exención absoluta: la del Rey.
El artículo 56.3 de la Constitución Española establece que:
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.Yo lo había leído muchas veces pero -debo de ser un ingenuo idealista- nunca se me había ocurrido que significara lo que realmente significa. Hasta que, hace unos días, me lo explicaron en clase de Gestión Procesal y a raíz de eso me puse a indagar un poco. Hay quien afirma que la exención sólo se extiende a los actos públicos oficiales del Rey. Completamente falso: siempre que el legislador ha querido acotar de esta forma la exención jurisdiccional lo ha especificado de forma explícita con la coletilla "en el ejercicio de su cargo". La conclusión es que la persona del Rey está del todo exenta del cumplimiento de la ley, por muchas vueltas que le quieran dar algunos. La formulación constitucional no es demasiado agresiva, intenta no llamar demasiado la atención, pero a todas luces significa exactamente eso.
Como señala Enrique Gimbernat Ordeig, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense y miembro del Consejo Editorial de El Mundo (diario muy poco sospechoso de radicalismo republicano) en su artículo Los privilegios penales de la Familia Real, "esta inviolabilidad del Jefe del Estado español apenas tiene paralelo en el Derecho comparado actual". Y no olvidemos, a todo esto, que se otorga a la persona que, también por mandato constitucional (art. 62.h), ejerce el mando supremo de las Fuerzas Armadas...
Ilustremos brevemente lo que la inmunidad penal del Rey implica. Por poner tan sólo unos ejemplos, el Monarca puede impunemente:
- hacer botellón
- cruzar el semáforo en rojo
- robarle un chupa chups a un niño
- piratear DVDs
- amenazar con arrancarte la piel a tiras
- quedarse a vivir en tu casa
- matar a tu perro
- inflar a hostias a Dña. Sofía
- poner una bomba en un asilo de ancianos
- meter un bebé en un microondas
- follarse a sus nietas en directo por televisión y en horario de máxima audiencia
- y ¡oh, sí!... incluso quemar una bandera española, cagarse en la Constitución y poner a parir la Monarquía.
Pero no estoy diciendo que lo vaya a hacer, ¡eh! Sólo digo que ahora me alegro, mucho más que nunca, de tener un Rey tan campechano. Porque imaginemos por un momento las consencuencias que tendría semejante poder en manos de... ¡ya no digo un psicópata! simplemente una persona algo irritable o que tuviese mal despertar por las mañanas... Creo que sería francamente terrible. Aún no sabemos toda la suerte que hemos tenido con D. Juan Carlos.
jueves, 8 de julio de 2010
¿Por qué hay tanto fascista entre Sus Señorías?
De los 4.417 miembros de la judicatura española en activo que había a comienzos de 2009, unos 1.500 pertenecían a la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), cuerpo nacido en la transición directamente del brazo judicial del franquismo, declaradamente conservador y próximo al Partido Popular. Otros 520 constaban en la Asociación Francisco Vitoria (FV), unos 200 en el Foro Judicial Independiente (FJI) y 12 en la Asociación Nacional de Jueces (ANJ), cuerpos con discursos ostentosamente apoliticistas y corporativistas, más o menos radicalizados, cuyas actuaciones rara vez han dejado lugar a equívocos sobre su escaso contenido progresista. A sus posicionamientos sobre la huelga de jueces de 2009 me remito: más extremistas que los de la APM.
En total, algo más de la mitad de Sus Señorías son asociados de cuerpos claramente derechistas. Y sobre el total de Jueces asociados, este porcentaje sube al 81% (!!!)...
Vicenç Navarro* describe muy bien en su artículo Las derechas, el fascismo y la judicatura el itinerario histórico que ha posibilitado este enquistamiento del conservadurismo en el Poder Judicial. A saber: la incondicional lealtad judicial a la represión política y social en el franquismo, su impunidad y continuidad pactadas en la transición, su oposición frontal a la revisión democrática de la historia española a partir de entonces.
¿Pero por qué ha resultado ser tan inextirpable el cáncer fascista de los Juzgados y Tribunales? He escuchado dos tipos de explicaciones:
POR RASGOS INHERENTES A LA ALTA FUNCIÓN PÚBLICA
Los Jueces y Magistrados comparten con otros altos funcionarios:
Lo que me lleva a una segunda observación: las corporaciones de altos funcionarios tienden a colusionar con los poderes fácticos de cada momento. No quiero decir que no haya tensiones -no existe un bloque monolítico de poder- pero, en general y salvo momentos puntuales, son conscientes de su comunidad de intereses y de que unas relaciones saludables les perpetúan en puestos de privilegio dentro de un orden social. Las corporaciones tienden así a acomodarse al abrigo del poder y por eso no les gustan las transformaciones sociales: vuelven más incierta su posición.
POR LA IMPRONTA CONSERVADORA QUE DEJA EL ESTUDIO NORMATIVO DEL DERECHO
Como un zoólogo que estudia la fauna ibérica se enamora del lince ibérico y se convierte en su máximo protector -en un conservacionista-, quien dedica décadas al estudio de las leyes y su historia, acaba enamorándose de ellas y se convierte en un defensor del statu quo. Es decir: en un conservador.
Incluso juristas progresistas olvidan con frecuencia que el Derecho no es sino ideología cristalizada en párrafos y artículos. Que, aunque por supuesto mantiene una relación, a veces incluso dialéctica, con la realidad social, el Derecho en sí no es la realidad social, aunque lo pretenda. Que la labor interpretativa en Derecho se asemeja mucho más a la de un teólogo escolástico que a la de un científico social (y si no, ahí están las sentencias del Tribunal Constitucional).
El Derecho es, casi por definición, la ideología hegemónica y, como tal, se presenta al mismo tiempo como un hecho y como un dictamen normativo. La confusión entre ambos aspectos es acogida con alivio y gratitud, como una justificación moral de su vida, por aquellos que se han consagrado a teorizar sobre las leyes y a aplicarlas. El círculo se cierra: cumplir la ley es lo correcto, y lo correcto es cumplir la ley.
POR LOS MECANISMOS DE REPRODUCCIÓN, POLÍTICAMENTE IRRESPONSABLES, DE LA JUDICATURA
No es que los demás Poderes del Estado sean demasiado progresistas ni que se caractericen por un fuerte arraigo popular... Pero a diferencia del Judicial tienen unos límites.
La democracia, tal como se nos vende, está plagada de numerosos mecanismos que falsean la voluntad real del electorado y hacen que el resultado siempre se produzca dentro de lo aceptable. Pero, aún siendo así, el sufragio universal es una limitación evidente para los poderes públicos: a cada instante los miembros del Legislativo y los del Ejecutivo se ven obligados a pensar en términos electorales. A veces tiran la toalla y ceden definitivamente a otro tipo de presiones (tal como está pasando ahora mismo con el Gobierno). Pero en general la racionalidad electoralista es un imperativo muy fuerte para ellos porque su propia posición depende en parte de ello.
El Poder Judicial, por el contrario, está, para bien como para mal, exento de este tipo de presiones (en España). Por mucho que los libros de texto y la legislación insistan en el origen popular de su legitimidad, es evidente que ésta radica en lo versado que se le considere en la interpretación de leyes. Qué relación mantiene esta interpretación con la voluntad popular es, en última instancia... irrelevante. El Juez está exento de pensar en la razón democrática de sus fallos. Ni en teoría ni en la práctica depende de ello.
POR LA AUTOSELECCIÓN DE CLASE QUE SUPONEN LAS CONDICIONES DE ACCESO A LA CARRERA JUDICIAL
Es difícil saber cuáles de los factores enumerados tienen más peso y cuáles menos. Pero no me cabe la menor duda de que éste es el más relevante.
La participación en la política, prácticamente a todos los niveles, se produce, en España, sólo vía partidos políticos. Éstos lógicamente imponen para el acceso a puestos de poder barreras ideológicas, seleccionan a los que mejor se desenvuelven en el medio político, y a los que, por razones tácticas, convienen más a los que ya se encuentran instalados en el mando. El resultado es un perfil sesgado hacia un nivel educativo bastante alto, clases medias y medias-altas, siendo de hecho más relevantes sus competencias sociales y su formación ideológica.
Ello permite una participación no desdeñable de vástagos de la clase obrera y otros sectores populares en la alta política. Algunos, por ejemplo, son reclutados, sobre todo por partidos considerados de izquierdas, desde los sindicatos. Nada de ello los convierte necesariamente en garantes de los intereses de los trabajadores. Pero sí es verdad que, aún cooptados, nunca llegan a tener la misma mentalidad rancia, la misma lealtad de clase, que tienen los auténticos hijos de clases altas.
Ahora veamos si es posible para un hijo de familia obrera convertirse en Juez. Para entrar en la carrera judicial como Juez (es decir, en la categoría más baja) se necesita un promedio de 6-7 años de estudio con una dedicación de 50-60 horas semanales. Muchísimos abandonan, algunos cuando llevan ya más de 5 años; otros tardan 10 en aprobar... La preparación de oposiciones no está ni mínimamente becada y no existe, en España, ninguna institución pública que la regule o apoye de alguna forma a los opositores. Todo está en manos de editoriales, academias privadas y preparadores particulares. Así, por ejemplo, el CEF* vende el temario de Jueces y Fiscales por 529 euros y el coste de la matrícula mensual es de 220 euros. ¿Quién puede -tras un mínimo, recordemos, de 5 años en Derecho- aventurarse en un viaje de indefinida duración, que no permite ganar dinero simultáneamente, que cuesta 220 euros al mes, y que no ofrece ninguna garantía de éxito a ningún plazo? Creo que no es necesario contestar...
El Poder Judicial es un coto privado de las clases más pudientes y en ello está, entiendo, la principal razón de su fuerte escoramiento hacia la derecha. Sólo son leales a lo que mamaron de sus papás.
En el próximo post: ¿Por qué hay tanto fascista en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, cuando tantos de ellos vienen de la clase obrera? (no, no, es broma, esta cuestión aún me desborda...)
* Vicenç Navarro es Catedrático de Ciencias Políticas y Sociales de la UPF
* CEF, Centro de Estudios Financieros, una de las principales academias de oposiciones
En total, algo más de la mitad de Sus Señorías son asociados de cuerpos claramente derechistas. Y sobre el total de Jueces asociados, este porcentaje sube al 81% (!!!)...
Vicenç Navarro* describe muy bien en su artículo Las derechas, el fascismo y la judicatura el itinerario histórico que ha posibilitado este enquistamiento del conservadurismo en el Poder Judicial. A saber: la incondicional lealtad judicial a la represión política y social en el franquismo, su impunidad y continuidad pactadas en la transición, su oposición frontal a la revisión democrática de la historia española a partir de entonces.
¿Pero por qué ha resultado ser tan inextirpable el cáncer fascista de los Juzgados y Tribunales? He escuchado dos tipos de explicaciones:
- Explicaciones psico-sociales que atienden a los dinámicas propias de un cuerpo como la judicatura. Unas se centran en la psicología social del alto funcionariado y otras en la marca que deja el estudio del Derecho desvinculado del cuerpo común de las ciencias sociales.
- Explicaciones socio-políticas que se centran en los procesos de acceso y selección de los miembros del cuerpo.
POR RASGOS INHERENTES A LA ALTA FUNCIÓN PÚBLICA
Los Jueces y Magistrados comparten con otros altos funcionarios:
- Una inamovilidad suprema, exacerbada en el caso de Sus Señorías, Excelencias e Ilustrísimas, al combinarse su condición de funcionarios con la de un Poder del Estado.
- El control de auténticos nudos de poder en la sociedad y la politica.
- Un número muy reducido que facilita la convergencia interna y la coordinación.
Lo que me lleva a una segunda observación: las corporaciones de altos funcionarios tienden a colusionar con los poderes fácticos de cada momento. No quiero decir que no haya tensiones -no existe un bloque monolítico de poder- pero, en general y salvo momentos puntuales, son conscientes de su comunidad de intereses y de que unas relaciones saludables les perpetúan en puestos de privilegio dentro de un orden social. Las corporaciones tienden así a acomodarse al abrigo del poder y por eso no les gustan las transformaciones sociales: vuelven más incierta su posición.
POR LA IMPRONTA CONSERVADORA QUE DEJA EL ESTUDIO NORMATIVO DEL DERECHO
Como un zoólogo que estudia la fauna ibérica se enamora del lince ibérico y se convierte en su máximo protector -en un conservacionista-, quien dedica décadas al estudio de las leyes y su historia, acaba enamorándose de ellas y se convierte en un defensor del statu quo. Es decir: en un conservador.
Incluso juristas progresistas olvidan con frecuencia que el Derecho no es sino ideología cristalizada en párrafos y artículos. Que, aunque por supuesto mantiene una relación, a veces incluso dialéctica, con la realidad social, el Derecho en sí no es la realidad social, aunque lo pretenda. Que la labor interpretativa en Derecho se asemeja mucho más a la de un teólogo escolástico que a la de un científico social (y si no, ahí están las sentencias del Tribunal Constitucional).
El Derecho es, casi por definición, la ideología hegemónica y, como tal, se presenta al mismo tiempo como un hecho y como un dictamen normativo. La confusión entre ambos aspectos es acogida con alivio y gratitud, como una justificación moral de su vida, por aquellos que se han consagrado a teorizar sobre las leyes y a aplicarlas. El círculo se cierra: cumplir la ley es lo correcto, y lo correcto es cumplir la ley.
POR LOS MECANISMOS DE REPRODUCCIÓN, POLÍTICAMENTE IRRESPONSABLES, DE LA JUDICATURA
No es que los demás Poderes del Estado sean demasiado progresistas ni que se caractericen por un fuerte arraigo popular... Pero a diferencia del Judicial tienen unos límites.
La democracia, tal como se nos vende, está plagada de numerosos mecanismos que falsean la voluntad real del electorado y hacen que el resultado siempre se produzca dentro de lo aceptable. Pero, aún siendo así, el sufragio universal es una limitación evidente para los poderes públicos: a cada instante los miembros del Legislativo y los del Ejecutivo se ven obligados a pensar en términos electorales. A veces tiran la toalla y ceden definitivamente a otro tipo de presiones (tal como está pasando ahora mismo con el Gobierno). Pero en general la racionalidad electoralista es un imperativo muy fuerte para ellos porque su propia posición depende en parte de ello.
El Poder Judicial, por el contrario, está, para bien como para mal, exento de este tipo de presiones (en España). Por mucho que los libros de texto y la legislación insistan en el origen popular de su legitimidad, es evidente que ésta radica en lo versado que se le considere en la interpretación de leyes. Qué relación mantiene esta interpretación con la voluntad popular es, en última instancia... irrelevante. El Juez está exento de pensar en la razón democrática de sus fallos. Ni en teoría ni en la práctica depende de ello.
POR LA AUTOSELECCIÓN DE CLASE QUE SUPONEN LAS CONDICIONES DE ACCESO A LA CARRERA JUDICIAL
Es difícil saber cuáles de los factores enumerados tienen más peso y cuáles menos. Pero no me cabe la menor duda de que éste es el más relevante.
La participación en la política, prácticamente a todos los niveles, se produce, en España, sólo vía partidos políticos. Éstos lógicamente imponen para el acceso a puestos de poder barreras ideológicas, seleccionan a los que mejor se desenvuelven en el medio político, y a los que, por razones tácticas, convienen más a los que ya se encuentran instalados en el mando. El resultado es un perfil sesgado hacia un nivel educativo bastante alto, clases medias y medias-altas, siendo de hecho más relevantes sus competencias sociales y su formación ideológica.
Ello permite una participación no desdeñable de vástagos de la clase obrera y otros sectores populares en la alta política. Algunos, por ejemplo, son reclutados, sobre todo por partidos considerados de izquierdas, desde los sindicatos. Nada de ello los convierte necesariamente en garantes de los intereses de los trabajadores. Pero sí es verdad que, aún cooptados, nunca llegan a tener la misma mentalidad rancia, la misma lealtad de clase, que tienen los auténticos hijos de clases altas.
Ahora veamos si es posible para un hijo de familia obrera convertirse en Juez. Para entrar en la carrera judicial como Juez (es decir, en la categoría más baja) se necesita un promedio de 6-7 años de estudio con una dedicación de 50-60 horas semanales. Muchísimos abandonan, algunos cuando llevan ya más de 5 años; otros tardan 10 en aprobar... La preparación de oposiciones no está ni mínimamente becada y no existe, en España, ninguna institución pública que la regule o apoye de alguna forma a los opositores. Todo está en manos de editoriales, academias privadas y preparadores particulares. Así, por ejemplo, el CEF* vende el temario de Jueces y Fiscales por 529 euros y el coste de la matrícula mensual es de 220 euros. ¿Quién puede -tras un mínimo, recordemos, de 5 años en Derecho- aventurarse en un viaje de indefinida duración, que no permite ganar dinero simultáneamente, que cuesta 220 euros al mes, y que no ofrece ninguna garantía de éxito a ningún plazo? Creo que no es necesario contestar...
El Poder Judicial es un coto privado de las clases más pudientes y en ello está, entiendo, la principal razón de su fuerte escoramiento hacia la derecha. Sólo son leales a lo que mamaron de sus papás.
En el próximo post: ¿Por qué hay tanto fascista en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, cuando tantos de ellos vienen de la clase obrera? (no, no, es broma, esta cuestión aún me desborda...)
* Vicenç Navarro es Catedrático de Ciencias Políticas y Sociales de la UPF
* CEF, Centro de Estudios Financieros, una de las principales academias de oposiciones
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